Accidentes y Autónomos
Seguro de accidentes para autónomos en Sabadell
Como autónomo, tu capacidad de generar ingresos es tu mayor activo. Este seguro te protege con una indemnización diaria en caso de no poder trabajar a causa de un accidente.
Si eres autónomo, ya sabes el cálculo: el día que no facturas, no cobras. La prestación del RETA existe, pero la base de cotización de la mayoría de autónomos hace que el importe sea muy inferior a los ingresos reales, y los primeros días de baja a menudo no se cobran.
Un seguro de baja laboral cubre ese hueco con una indemnización diaria pactada que empieza a contar desde el día que decidamos, y que se cobra al margen de cualquier prestación pública. No sustituye a la Seguridad Social: se suma a ella.
Para muchos autónomos de Sabadell —comercio, oficios, profesionales liberales— esta es la póliza con mejor relación entre lo que cuesta y lo que te resuelve. Y la prima es gasto deducible de la actividad.
Pedir asesoramiento gratuitoPreguntas frecuentes sobre el seguro de autónomos
¿Es deducible en el IRPF?
Los seguros de accidentes y de baja laboral vinculados a la actividad se consideran gasto deducible para el autónomo. Además, la ley prevé la deducción de las primas de seguro de enfermedad del propio autónomo, del cónyuge y de los hijos menores de 25 años que convivan con él, con un límite anual por persona. Los límites se revisan periódicamente, así que te lo confirmo con la normativa vigente cuando lo contratemos.
¿Cubre la baja por enfermedad común o solo por accidente?
Depende de la modalidad. La póliza básica de accidentes cubre solo el accidente; hay modalidades ampliadas que incluyen también la enfermedad común e incluso la hospitalización. Como la mayoría de bajas largas son por enfermedad y no por accidente, normalmente recomiendo valorar seriamente la ampliación.
¿Es compatible con la prestación del RETA?
Totalmente. Es un seguro privado de indemnización y se cobra además de cualquier prestación pública que te corresponda. Precisamente el sentido de esta póliza es cubrir la diferencia entre lo que cobras de la Seguridad Social y lo que facturas de verdad.
¿Cuánto se cobra al día?
El importe diario lo eliges tú al contratar, dentro de unos límites proporcionales a tus ingresos declarados. Se suele dimensionar para que cubra los gastos fijos que tienes que seguir pagando aunque estés de baja: cuota de autónomos, alquiler del local, suministros y préstamos.